Un fotógrafo reclama a su antiguo empleador el pago retroactivo de más de 10.000 euros de salario y vacaciones. Según el fotógrafo, tenía un contrato de trabajo de siete meses. A pesar de los requerimientos previos, sólo se le pagaron dos meses. Según el empresario, abandonó su empleo a los dos meses y se fue a trabajar a otro lugar. ¿Cómo se pronuncia el juez en un procedimiento sumario?
Litigio y resultado
En el centro del litigio está la cuestión de si el empresario debe pagar al fotógrafo los salarios atrasados y la paga de vacaciones reclamados. El tribunal de distrito consideró verosímil que la demanda fuera estimada en un procedimiento ordinario, por lo que estimó la demanda. A continuación se explica cómo llegó el tribunal de distrito a esta sentencia.
Consideraciones del juez
No se discute que el fotógrafo se incorporó a la empresa en virtud de un contrato de trabajo celebrado con ésta. También ha quedado acreditado que el fotógrafo comenzó a cumplir el contrato de trabajo realizando el trabajo a partir de ese momento.
Según el empleador, el fotógrafo dejó su empleo al cabo de dos meses y se fue a trabajar a otra empresa, pero el fotógrafo rebatió esta afirmación con razones. Posteriormente, el empleador no justificó más esta afirmación. Por ejemplo, el empresario no presentó ningún documento del que se dedujera que el fotógrafo había dejado su empleo. Además, el fotógrafo ha mostrado las nóminas de los meses posteriores al empleador.
En este contexto, el hecho de que el fotógrafo firmara unos meses más tarde un contrato de trabajo en el que se estipulaba que entraría al servicio de la otra empresa con carácter retroactivo no da lugar a una sentencia diferente, ya que ello no significa automáticamente que dejara de estar al servicio del empresario a partir de esa fecha. Además, es plausible que el fotógrafo firmara este acuerdo sólo porque le prometieron que la otra empresa le pagaría entonces su salario atrasado. No hay pruebas de que este acuerdo laboral se cumpliera en modo alguno.
Sentencia del juez
En vista de lo anterior, el tribunal de distrito consideró suficientemente verosímil que el fotógrafo siguiera empleado hasta la finalización del contrato. El empresario aún debe abonar el salario correspondiente al periodo restante. Además, la paga de vacaciones debe abonarse durante el periodo total. El pago del salario es una de las principales obligaciones de un empresario hacia un empleado. A falta de motivos para el retraso en el pago del salario en este caso, el tribunal de subdistrito concedió el aumento legal reclamado por el fotógrafo sobre el salario atrasado. El aumento legal asciende a 50%.
Nota: Al parecer, la decepción por la inminente marcha del fotógrafo llevó al empresario a dejar de pagarle el sueldo. Puede que hubiera algo más. El empresario debe pagar el incremento reglamentario completo, 50% del importe posterior al pago, en concepto de sanción.