El Grupo de Conocimientos Generales sobre el Impuesto sobre la Nómina ha respondido a la pregunta de si el reembolso por la carga del coche de empresa por el empleado en su domicilio sobre la base del precio al consumo o del precio al consumo final queda fuera del ámbito de aplicación de la nómina. También ha adoptado una nueva postura sobre el reembolso de los gastos de carga del coche de empresa.
Introducción Pregunta 1
Se ha proporcionado un coche eléctrico a un empleado. El empleado carga el coche en su residencia. Para el año 2023, se aplica un tope de precios a todos los hogares y otros clientes con una conexión de pequeño consumidor a las redes de electricidad y gas o una conexión a una red de calor. El precio máximo de la electricidad es de 0,40 euros por kWh (impuestos incluidos) hasta un consumo de 2900 kWh. Para el consumo de energía por encima del límite máximo, los hogares y otros pequeños consumidores pagan la tarifa del contrato de energía.
Pregunta 1
¿A cuánto asciende la indemnización que el empresario puede conceder al trabajador sin tributar?
Respuesta 1
El empresario puede reembolsar sin tributar los gastos reales del trabajador por cuenta ajena (gastos intermedios) o realizar con él una operación comercial no sujeta a tributación.
Coste real: El empleador puede reembolsar al empleado el coste integral de la electricidad sin pagar impuestos. El precio del coste integral se determina dividiendo los costes variables y fijos del empleado por el número de kWh consumidos por éste. Esos costes también pueden incluir una parte proporcional de la depreciación de los paneles solares. El precio máximo de la energía puede reducir el precio de coste integral.
Transacción empresarial: Si un empresario y un empleado acuerdan el reabastecimiento de energía en condiciones empresariales, esta transacción también tiene lugar fuera del ámbito salarial. En esta transacción empresarial, el empleado también puede coabastecerse de la energía generada por los paneles solares.
En caso de duda, corresponde a las autoridades fiscales presentar un caso plausible de que el reembolso es superior a un reembolso en condiciones comerciales o a un reembolso de costes intermedios.
Así pues, se ha abandonado una postura anterior al respecto.
Introducción pregunta 2
Un empresario pone a disposición de sus empleados un coche eléctrico de empresa. El empresario ha instalado una estación de carga en su domicilio. Los empleados pagan los costes de electricidad para cargar el coche de empresa a través de su propio contador (privado) a su compañía eléctrica. La empresa reembolsa estos costes de electricidad a los empleados. Cada kilovatio-hora (en lo sucesivo, kWh) consumido para cargar el coche es registrado automáticamente por la estación de carga y, a continuación, transmitido al empresario por la parte que administra la carga del coche para el empresario. Esto constituye la base para el reembolso de los costes (intermedios) de electricidad del coche de empresa a los empleados.
El precio de la energía por kWh, además de una tarifa fija de suministro y transmisión, consta de los siguientes componentes:
- la tasa de entrega variable
- el almacenamiento para energías renovables (ODE)
- fiscalidad energética
- reducción del impuesto energético
En cuanto a la reducción del impuesto energético, cabe señalar que el Gobierno considera parte del consumo de energía como necesidades básicas por las que no hay que pagar impuestos. Por lo tanto, el impuesto sobre la energía se reduce en una cantidad fija por conexión eléctrica al año, que se liquida a través de la factura de la luz. La persona que pague en un año menos impuestos sobre la energía que el importe de la reducción fiscal recibirá también la reducción completa. Esta reducción se incrementó considerablemente a partir del 1 de enero de 2022 para compensar el aumento de los precios de la energía.
Dado que la determinación del importe de la tasa sobre la base de una declaración conlleva una gran carga de aplicación, habida cuenta también de la gran variación de los contratos y precios de la energía, el empresario solicita al inspector que acepte aplicar el precio medio de la electricidad al consumidor publicado por el CBS (en lo sucesivo: precio al consumidor). Sin embargo, el CBS también utiliza tarifas más bajas, a saber, los precios medios para el usuario final (en lo sucesivo: precio para el usuario final). Para más información sobre estos precios, consulte la página web del CBS.
El empresario alega que la diferencia entre los dos tipos del CBS está formada por los componentes del precio fijo (partes 2, 3 y 4); por término medio, un importe negativo debido a la reducción del impuesto sobre la energía. Quiere que no se tengan en cuenta los componentes del precio fijo porque estos importes no dependen del consumo real de energía para la estación de recarga. Así pues, el empresario quiere asumir el precio al consumo.
Pregunta 2
¿Queda fuera del ámbito de la nómina un reembolso del empresario basado en el precio al consumo o en el precio al consumidor final?
Respuesta 2
No, porque el empresario no puede demostrar que el reembolso equivale al gasto real del trabajador en electricidad para el coche de empresa (costes intermedios). Además, el reembolso no puede calificarse de operación comercial.
Anteriormente, el grupo de conocimiento dictaminó que, en un mercado volátil, no es plausible que un tercero al azar se comprometa a un precio fijo con la posibilidad de una (gran) desventaja. Mientras tanto, los contratos a precio fijo son habituales.
Sin embargo, el grupo de conocimiento cree que no hay transacción comercial en el caso de que el empresario dé una tarifa basada en un precio medio fijado por el CBS. Las cifras del CBS permiten conocer la evolución de los precios que pagan por término medio los hogares neerlandeses por la energía. Los datos utilizados incluyen tanto los nuevos contratos como los celebrados con anterioridad. A la hora de evaluar si existe un acuerdo basado en el mercado, lo más importante es el precio ofrecido en el mercado en el momento de celebrar el acuerdo entre el empresario y el empleado.
Ejemplo para la pregunta 2
Un empresario y un trabajador acuerdan el 1 de septiembre de 2024 que el empresario reembolsará los costes de electricidad al trabajador por cargar el coche eléctrico a través de su propio contador (privado). El reembolso asciende a 0,26 euros por kWh. El acuerdo es válido hasta el 1 de septiembre de 2025. El acuerdo se considera un negocio, ya que la compensación se mantiene dentro del rango de precios por kWh ofrecidos en el mercado a 1 de septiembre de 2024 durante un año.
Una compensación superior o inferior al coste real puede repercutir en el nivel de los salarios. Esto queda a discreción de las autoridades fiscales.
Consejo: He aquí el texto completo de las posiciones: Pregunta 1 y Pregunta 2.